El Juzgado determina que, habiéndose acreditado la existencia de infracciones por parte de la denunciada, corresponde que esta indemnice los daños ocasionados al consumidor, por lo que accede a la indemnización por concepto de daño emergente en la suma de $150.540.-, equivalentes al precio pagado por la máquina y el costo de despacho asociado, y hace lugar al resarcimiento del daño moral, el que avalúa prudencialmente en $350.000.-
En mérito de lo expuesto, el Juzgado de Policía Local de La Serena acogió la querella infraccional deducida contra Tiendas Ripley, y la condenó a pagar 6 UTM de multa, y a resarcir los perjuicios causados por los montos ya mencionados.
La decisión fue confirmada por la Corte de La Serena, con declaración de que la multa es a beneficio fiscal y no municipal, como había establecido erradamente la sentencia de primera instancia.